Consejero de seguridad

Luis Guixot Sanz

Informe tecnico anual ADR mercancias peligrosas

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Luis Guixot Sanz, consejero de seguridad para el transporte de mercancias peligrosas por carretera.

Expecialidades

Productos petroliferos, gases y resto de clases.

  • Nombre: Luis Guixot Sanz
  • Fecha de nacimiento: Julio 19, 1978
  • Empleo: Consejero de seguridad
  • Website: luisguixot.net
  • Email: guisanlu@hotmail.com

Informes tecnicos

Informes tecnicos de evaluacion y visitas consejero de seguridad.

  • 90%
    Gases
  • 85%
    Petroliferos
  • 70%
    Radiactivos
  • 95%
    Resto de clases
  • 75%
    Explosivos
Empresas obligadas a nombrar consejero de seguridad ADR

¿Como saber si una empresa esta obligadas a nombrar consejero de seguridad?

Las empresas que transporten mercancias peligrosas por carretera, por ferrocarril o por via navegable o que sean responsables de las operaciones de carga, descarga o almacenaje vinculadas a dicho transporte deberan designar, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto, en funcion del modo de transporte y de las mercancias transportadas, al menos un Consejero de Seguridad encargado de la prevencion de los riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente inherentes a dichas actividades.

Identificacion de las operaciones

Identificacion de las operaciones.

Consideradas como peligrosas.

Materias primas, utilizadas en los procesos de fabricacion.
Residuos producidos durante el proceso de fabricacion.
Combustibles, para el uso de la maquinaria, calefaccion o vehiculos industriales.
Productos de limpieza y desinfeccion almacenados, para maquinaria e instalaciones.
Productos terminados, para su distribucion y venta.
Distribucion de productos con vehiculos propios o ajenos..

Identificacion de las mercancias peligrosas.

Objetos, materias, productos, subproductos y residuos

Objetos, productos y materias.

Para conocer si las materias que se manejan son mercancia peligrosa, sera necesario acudir a la normativa ADR, un Consejero de Seguridad es la persona mas indicada para aclararnos cualquier duda que tengamos sobre las materias peligrosas.
Los fabricantes o importadores estan obligados a expedir las "Fichas de seguridad" de los productos y entregarsela a sus clientes acompañando a las mercancias.
Dichas fichas se deben ajustar a la normativa, incorporando una amplia informacion sobre el producto, sus componentes, su peligrosidad, instrucciones en caso de accidentes, etc..
En este sentido, la ficha de seguridad de cualquier producto deben especificar si la materia es peligrosa, y en su caso, indicar su clasificacion.
Si la clasificacion se desconoce se deberan realizar las pruebas oportunas fijadas por la normativa.

Residuos y subproductos.

Para la expedicion de los residuos y subproductos, debemos conocer su clasificacion, la debera realizar el productor de dicho residuo, con arreglo al ADR y, en su caso, realizar las pruebas oportunas antes de su transporte.
En general, la identificacion como peligroso de la materia, que estemos manejando vendra dada por su peligrosidad, estabilidad, grado de inflamabilidad, etc..
Estas pruebas determinaran su Nº ONU, la clase, etiquetas y el grupo de embalaje que debemos respetar.

Empresas que estan obligadas a nombrar consejero de seguridad y remitir el informe anual

Empresas obligadas

RD 97/2014

Obligacion de consejero de seguridad

-Empresas fabricantes de pinturas, barnices, incluso al agua, y almacenes mayoristas de dichos productos, incluso algun minorista.
Considerando que la mayoria de estos productos, asi como las materias primas que se utilizan en su fabricacion, como los residuos que se producen, son peligrosos, en general, estas empresas estan obligadas por la carga y descarga de los productos, por el almacenamiento de los mismos y por el transporte.

-Estaciones de Servicio (Gasolineras). Suelen estar obligadas por la descarga de cisternas de productos peligrosos: gasolina, gasoleo, etc. y tambien por la venta de botellas de gas butano, en general si se realiza distribucion de gasoleos a domicilio. (Existe resolucion especifica de las Autoridades que determina a las EESS a nombrar consejero de seguridad).

-Empresas fabricantes de muebles de madera. la mayoria de estas empresas estan obligadas por la descarga y almacenaje de disolventes, lacas, colas, etc..

-Empresas fabricantes de abonos, insecticidas, fungicidas, etc., que almacenan y distribuyen los mismos, o que prestan servicios agricolas.

-Las empresas fabricantes de productos ceramicos: esmaltes, pavimentos, etc..

-Imprentas.

-Fabricantes o distribuidores de productos de limpieza y productos para piscinas.

-Fabricantes de papel, plasticos, textil.

-Fabricantes de licores, de conservas, etc..

-Empresas que dispongan de un deposito de capacidad superior a 3.000 litros, o que produzcan residuos peligrosos.

El Ministerio de Fomento remite sanciones de 4.001 euros a aquellas empresas que cargan, transportan o reciben Mercancias Peligrosas careciendo del preceptivo Consejero de Seguridad.
Las empresas infractoras son identificadas a traves de las facturas y cartas de porte de las empresas cargadoras o transportistas.
Del mismo modo pueden ser sancionadas aquellas empresas que hayan contratado con estos intervinientes no autorizados (art 28.c RD 97/2014).
En el caso de que cargue, transporte o reciba mercancias Peligrosas y no disponga de Consejero de Seguridad.

No obstante, existen exenciones relacionadas con los transportes de mercancias peligrosas, envios que no superen las cantidades establecidas por el ADR, podrian estar exentos entre otros.

Esta web es de caracter informativo, para aclarar cualquier duda es importante dirigirse a un consejero de seguridad para resolver cualquier aclaracion antes de realizar cualquier operacion con mercancias peligrosas.

Informe tecnico de evaluacion.

Visitas del consejero de seguridad

Programacion de los contenidos.

Obligaciones consejero y empresa. RD 97/2014 articulo 27 y 28. y RD 97/2014.
Identificacion de la actividad de la empresa y personal implicado
Parametro de seguridad individual del consejero de seguridad (PSICS).
Designacion oficial de consejeros Anejo 3 RD 97/2014
Documentacion administrativa a tener en cuenta.
Visitas a las instalaciones implicadas e Informe tecnico de evaluacion.
Funciones del consejero de seguridad cap. 1.8
Medios de transporte.
Material utilizado para las operaciones con mercancias peligrosas.
Procedimientos de urgencia en caso de accidente o incidente.
Eleccion de subcontratistas o terceros intervinientes.
Procedimiento de ejecucion de transporte, carga, descarga o embalado.
Acciones de sensibilizacion acerca de los riesgos relacionados con el transporte de mercancias peligrosas.
Documentacion y equipos de seguridad a bordo de vehiculos.
Comprobacion de requisitos durante la carga y descarga.
Existencia de plan de proteccion mercancias peligrosas de altos riesgo.
Comprobacion de la adecuada formacion del personal implicado.
Informe anual de mercancias peligrosas.Informacion de Ministerio de fomento.
Informe anual Real Decreto 97/2014, contenido del informe.
Transporte multimodal. Consideraciones del consejero
Exenciones al transporte

Normativa que lo regula

Real Decreto 97/2014

Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancias peligrosas por carretera en territorio español.
Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancias peligrosas por carretera (ADR en vigor 2021)

Codigo de buenas practicas del consejero de seguridad

Obligaciones del consejero


Examinar el cumplimiento de las normas en las empresas.

-Implicaciones:

Visitas habituales en los lugares afectados.
Comprovacion del cumplimientos de las normas aplicables en cada momento, no solo del ADR.
Informar a la Direccion de la empresa de los posibles incumplimientos.
Proponer posibles soluciones.
Denunciar los incumplimientos reiterativos y la no aplicacion de las soluciones propuestas.

-Asesorar a la empresa:

Estudio previo de las operaciones, presentes y futuras, del ejercicio de la empresa.
Evaluacion de las necesidades.
Proposicion de soluciones
Comprovacion de la aplicacion de las medidas propuestas.
Mantener un contacto directo con las empresas.
Evitar toda fuente de informacion ajenas al consejero de seguridad.

-Redeactar el informe anual:

El informe anual que emite el consejero no tiene porque ser el mismo, tanto en fondo como en forma, que el que se emite a la administracion.
El informe administrativo es responsavilidad exclusiva de la empresa.
El consejero devera asegurarse que el informe anual enviado sigue el modelo vigente en cada momento.
Comprobacion del resultado final y que este esta de acuerdo con los datos del informe previo del consejero
Comprobacion de la remision del informe, en plazo, al organo competente exigido por la normativa vigente.

-Procedimientos de identificacion de las MMPP

Profundo conocimiento de la normativa.
Comprovacion previa de la clasificacion correcta de las MMPP afectadas en la empresa
-Analisis de los metodos de clasificacion y su fiabilidad.
-En caso de discrepancia, proposicion de nueva clasificacion e incluso de nuevos analisis quimicon.
Comprobacion periodica de la correcta clasificacion en los ducumentos de transporte.

-Valoracion de la adquisicion de medios de transpote.

Evaluacion previa de la viabilidad de los medios de transporte existentes.
Propuesta de adecuacion o anulacion de los mismos.
Comprovacion de los requisitos legales, no solo de los exiguidos por la normativa de transporte, de los medios de transporte.
Seguimiento de las directrices marcada por el consejero.
Comprobacion de la adecuacion a las normas de los medios de transporte, contratados o subcontratados ajenos a la empresa.

-Comprobar el material utilizado para el transporte de MMPP:

Valoracion previa de la adecuacion de los envases o embalajes utilizados.
Comprobacion de la idoneidad de las herramientas y lugares de carga y descarga.
Proposicion de soluciones
Examen previo a la recepcion de nuevas partidas de envases y embalajes, con el fin de asegurarse que la empresa utiliza siempre los medios adecuados.
Comprobacion de la fecha de caducidad, sobre todo de los recipientes de plastico.
Examen periodico de los recipientes reutilizables.

-El personal implicado tenga una formacion adecuada y que figura en su expediente:


Examen previo de los expedientes del personal implicado en las maniobras afectadas.
Proposicion inmediata del cumplimiento de la norma.
Evaluacion de la formacion en caso de no ser dada por el propio consejero.
Comprobar que los nuevos empleados vienen a la empresa con la adecuada formacion y en caso contrario subsanarlo

-Procedimientos de urgencia en caso de accidente o incidente:


Analisis previo de las situaciones de riesgo.
Repercusion ante colectivos y bienes ajenos o medioambientales.
Mentalizacion del personal para evitar tales situaciones.
Analisis de los recursos a aplicar en caso de accidente.
Proposicion de medidas correctoras
Mantenimiento y renovacion de los medios a aplicar.

-Realizacion de analisis y aplicacion de medios adecuados para evitar la repeticion de accidentes o infracciones:


Analisis de los accidentes o infracciones producidos en el pasado.
Examen de las causas coincidentes.
Comprobar que los motivos que los produjeron han sido eliminados.
Propuesta de soluciones.
Investigacion de las causas de los nuevos accidentes o infracciones.
Recopilacion de datos en los Organismos competentes.
Elaboracion de informes tanto a la empresa como a la Administracion.
Seguimiento del cumplimiento de las medidas correctoras o denuncia de su inobservancia.

Utilizacion de subcontratistas o terceros intervinientes:

Estudio del catalogo de empresas contratadas o subcontratadas por la titular.
Idem de las que nos tienen como empresa receptora.
Analisis de las posibles responsabilidades que se tienen en ambos casos.
Propuesta, y en su caso, de depuracion del catalogo de tales empresas.
Examen de la situacion legal de las nuevas empresas contratadas o subcontratadas.
Elaboracion junto con los consejeros de otras empresas afectadas o clientes de un catalogo de empresas " limpias " y proposicion a la direccion de la utilizacion de la mismas.

Procedimientos de ejecucion y consignas a seguir por el personal y acciones de sensibilizacion de los riesgos

Analisis de las consignas o instrucciones, en caso de existir, existentes.
Correccion y adecuacion a las nuevas normativas de las mismas.
Estudio de los riesgos en concordancia con las materias y medios afectados.
En caso de su falta, redactar consignas claras y concretas sobre la ejecucion del transporte, carga o descarga de las mercancias. Recordatorio frecuente de los riesgos del personal.
Propuesta a la direccion de la asuncion de las medidas.
Publicidad suficiente y actualizacion de las consignas.

Comprobacion de documentacion y equipos:

Examen presencial de un muestreo sobre los vehiculos a utilizar en cuanto a que disponen de los preceptivos documentos y equipos de transporte.
Control, tanto a la entrada como a la salida, de todos los vehiculos de transporte de mercancias peligrosas.
Propuesta a la direccion de un sistema unificado de seguridad, en entradas o salidas, de tal forma que se impida el movimiento de los vehiculos sin los preceptivos requisitos.
Elaboracion de un parte diario sobre las entradas y salidas de las plantas.
Comparacion y analisis de las copias de los documentos de transporte con los partes de entradas y salidas.

Observancia de las reglas de carga y descarga:

Analisis de los procedimientos de control de todos y de cada uno de los puntos de la relacion de puntos a controlar, segun el anejo 2, del RD 551/2006.
Muestreo aleatorio del cumplimiento de los requisitos aplicables.
Examen de las condiciones de los medios de carga y descarga.
Propuesta de soluciones a la direccion de la empresa.
Seguimiento de las mismas.
En todo momento se debera tener en cuenta la responsabilidad de las maniobras de carga y descarga de acuerdo con los principios de la LOTT y ROTT.

Aplicacion del capitulo 1.10 "Disposiciones relativas a la proteccion":

Funcion del consejero en virtud del apartado 1.8.3.3.
-Analizar:
* Las MMPP implicadas.
* Los recintos de las terminales, depositos y aparcamientos.
* Controles de seguridad.
* Documentacion de la tripulacion de los vehoculos.
* Formacion de sensibilizacion.
* Planes de proteccion.
-Proponer soluciones al incumplimiento de lo anterior.
Control periodico de:
Los almacenamientos temporales, terminales y estacionamientos:
* Iluminacion.
* Acceso de publico.
* Controles de seguridad.
Documentacion de la tripulacion de los vehiculos.
Formacion en materia de proteccion y reciclajes periodicos.
Clasificacion de nuevas mercancias.
Revision de los planes de proteccion en funcion de los puntos anteriores.

Comportamiento del consejero interno:

-Hacer ver a la empresa la conveniencia de asumir sus instrucciones con los fines de:
* Mejorar la seguridad.
* Evitar riesgos innecesarios que redunden en el incumplimiento de la normativa de PRL.
* Evitar sanciones.
* Depurar el mercado de empresas incumplidoras.
* Colaborar con las Administraciones denunciando posibles incumplimientos.
* Promover la exclusividad del cargo del consejero de seguridad, con independencia de otras misiones paralelas.
Mantener unos conocimientos que eviten consultas innecesarias que puedan dañar la imagen, tanto de la empresa como del consejero.
Conveniencia de formar parte de un colectivo con el fin de hacer mas fuerza en sus demandas.

Comportamiento del consejero externo:

Todos los puntos expuestos anteriormente serian validos.
Mantenerse al dia en cuanto a la modificacion de las normativas que le puedan afectar.
No asumir obligaciones que no se puedan cubrir con las infraestructuras de que disponga el consejero.
Analizar las empresas, tanto en volumen como en situacion legal, previamente a comprometerse con ellas.
Presupuestar racionalmente las funciones a cumplir.
Dignificar la profesion, tanto en lo que respecta a las buenas practicas del consejero, como a su categoria laboral.
Los consejeros siempre estaran implicados en la mejora de la seguridad.
Colaborar con las Administraciones denunciando incumplimientos de las normas, tanto de las empresas asumidas como de las ajenas.
Denunciar cualquier tipo de competencia desleal o intrusismo.
Mantener unos conocimientos que eviten consultas innecesarias que puedan dañar la imagen del consejero.
Conveniencia de formar parte de un colectivo con el fin de hacer mas fuerza en sus demandas.

Comportamiento de las empresas:

Nombrar el consejero apropiado, no solo con el fin de cumplir la normativa, sino pensando en mejorar la seguridad.
Verificar la titulacion y especialidad del consejero.
Facilitar la informacion y los medios para que el consejero pueda desarrollar sus funciones.
Seguir estrictamente las instrucciones dictadas por el consejero.
Confianza total en la persona nombrada.
Requerir soluciones a problemas suscitados.
Tramitar en tiempo y forma los documentos legalmente exigibles.

Mercancias peligrosas: clasificacion, tipos y clases.

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